MINISTERIO DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 2 9
OCTUBRE 2018
VISTO: la proximidad del final del Ejercicio 2018 y los planteos
formulados por la Organización Nacional de Asociaciones de Jubilados
y Pensionistas del Uruguay (ONAJPU).
RESULTANDO: I) que por decretos
N° 530/008 de 24 de octubre de 2008, N° 520/009 de 16 de noviembre
de 2009, N° 335/010 de 9 de noviembre de 2010, N° 386/011 de 11 de
noviembre de 2011, N° 370/012 de 15 de noviembre de 2012, N°
323/013 de 4 de octubre de 2013, N° 301/015 de 11 de noviembre de
2015, N° 362/016 de 14 de noviembre de 2016 y N° 329/017 de 20 de
noviembre de 2017 se autorizó al Banco de Previsión Social a
otorgar un beneficio especial consistente en una canasta de fin de
año cuyo valor máximo fue, respectivamente, de hasta pesos
uruguayos trescientos, trescientos cincuenta, quinientos,
seiscientos, novecientos, mil cien para el año 2013 y mil
trescientos para el año 2014, y por un valor de mil quinientos para
el año 2015, mil seiscientos cincuenta para el año 2016 y mil
setecientos noventa y ocho para el año 2017, a jubilados y
pensionistas que cumplieran determinadas condiciones; II) que se
entiende imprescindible continuar con las medidas concretas en las
políticas socioeconómicas que contemplen al colectivo de afiliados
pasivos del Banco de Previsión Social, integrante de hogares de
menores recursos.
CONSIDERANDO: I)
que en el marco del desarrollo, por parte de la actual
administración, de programas de mejoramiento de la calidad de vida
de los uruguayos, se entiende necesario el otorgamiento de medios, en
dinero o en especie, para un mejor disfrute de las tradicionales
festividades de fin de año que se aproximan; II) que en consonancia
con lo anteriormente expresado, esta medida debe alcanzar a los
titulares de jubilaciones, pensiones por sobrevivencia, por vejez e
invalidez, con montos equivalentes o inferiores al valor de tres
Bases de Prestaciones y Contribuciones, y que integren hogares con
ingresos promedio no superior a ese monto, así como a los
beneficiarios de la Asistencia a la Vejez prevista por la ley N°
18.241 de 27 de diciembre de 2007; III) que corresponde autorizar al
Banco de Previsión Social en el marco de sus competencias
constitucionales y legales, a otorgar el beneficio que se dirá.
ATENTO: a lo
precedentemente expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 168 de la Constitución de la República.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA D E C R E T A :
Artículo 1o.-
Autorízase al Banco de Previsión Social a otorgar, en 2018 y en
2019, un beneficio especial consistente en una Canasta de Fin de Año,
en dinero, cuyo valor será de $ 1.978 (pesos uruguayos mil
novecientos setenta y ocho) para el año 2018 y de $ 2.175 (pesos
uruguayos dos mil ciento setenta y cinco) para el año 2019, a los
jubilados y pensionistas y beneficiarios de la Asistencia a la Vejez
prevista por la ley N° 18.241 de 27 de diciembre de 2007, que
cumplan con las condiciones de derecho que se regulan en el presente
decreto. Artículo 2°.- El beneficio dispuesto en el artículo
anterior se concederá a los beneficiarios titulares de la aplicación
de los decretos N° 254/005 de 15 de agosto de 2005, N° 238/006 de
26 de julio de 2006, N° 19/008 de 16 de enero de 2008, N° 283/010
de 20 de setiembre de 2010, N° 189/012 de 8 de junio de 2012, N°
317/013 de 27 de setiembre de 2013, N° 190/015 de 13 de julio de
2015, N° 233/016 de 25 de julio de 2016, N° 252/016 de 15 de agosto
de 2016, N° 217/017 de 10 de agosto de 2017 y N° 232/018 de 23 de
julio de 2018, que cumplan con las condiciones y requisitos que en
dichos decretos se establecen, apreciados al 30 de octubre del
presente año para la Canasta de Fin de Año correspondiente a 2018,
y al 30 de octubre de 2019 para la Canasta de Fin de Año
correspondiente a 2019. Artículo 3°.- El Banco de Previsión Social
regulará los aspectos necesarios para la implementación de este
decreto. Artículo 4°.- Comuniqúese, publíquese, etc
. FOTO CIRCULO
DIGITAL
Lo importante seria saber si los que Residimos en España tenemos ese derecho.Ojala!
ResponderEliminarLa Asociación ha comenzado los trámites a efectos de que pueda concretarse
EliminarOjalá se logre concretar....aunque sea para la orixipr Navidad.
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